Ver libre al hombre acusado de matar a su ser querido es revivir el trauma
En el departamento del Atlántico, cuatro hombres acusados de feminicidio han recuperado la libertad en el transcurso de un año, no por inocencia declarada, sino por el agotamiento silencioso de los plazos procesales. El caso más reciente, el de Édgar Jair Aguilar Soto, acusado de asesinar a Clara Milena Álvarez Díaz en abril de 2025, expone una fractura profunda entre la promesa de justicia y la capacidad real del sistema para sostenerla. Cuando la ley no alcanza a moverse al ritmo del dolor, son las familias de las víctimas quienes cargan con el peso de esa lentitud.
- Cuatro procesados por feminicidio en el Atlántico han salido libres en doce meses, no por absolución, sino porque el sistema judicial no pudo sostener su detención dentro de los plazos legales.
- El caso de Aguilar Soto encendió la alarma: una nueva ley que amplió los términos procesales a 240 días llegó demasiado tarde para aplicarse a crímenes cometidos antes de su vigencia, dejando un vacío que la defensa aprovechó.
- Las familias de Clara Milena, Nalfi Esther, Lorena Patricia y Jennifer Paola enfrentan una revictimización brutal: ver libre al hombre acusado de matar a su ser querido mientras el proceso judicial sigue sin resolverse.
- Colectivos de mujeres y servidores públicos exigen vigilancia permanente sobre estos casos, advirtiendo que las libertades por vencimiento de términos no solo generan impunidad, sino que erosionan la confianza ciudadana en la justicia.
- Un cuarto procesado, Alfonso Ramiro Gómez Mendoza, está próximo a obtener la misma libertad, lo que sugiere que el patrón no se ha detenido y que la crisis estructural persiste.
Édgar Jair Aguilar Soto pasó apenas diez meses en prisión tras ser acusado de asesinar a Clara Milena Álvarez Díaz en el barrio Sinaí de Soledad, en abril de 2025. Su defensa argumentó que los plazos procesales habían vencido sin que la demora fuera atribuible al acusado, y un tribunal le dio la razón. Aguilar Soto salió libre, aunque la investigación en su contra continúa.
No es un caso aislado. Es el cuarto en doce meses en el Atlántico. Jorge Leonardo Piña Rodríguez, acusado de matar a su expareja Nalfi Esther Blanco Olmos en Sabanalarga, y Néstor Andrés Poveda Florián, procesado por la muerte de Lorena Patricia Avendaño Urueta en Usiacurí, obtuvieron libertad bajo la misma figura jurídica. Un cuarto hombre, señalado en el feminicidio de Jennifer Paola Ortega Vega en Repelón, está próximo a seguir el mismo camino.
El nudo legal en el caso de Aguilar Soto reveló una tensión de fondo: la Ley 2477 de 2025 amplió los términos procesales para feminicidios a 240 días, pero entró en vigencia el 11 de julio de 2025, después del crimen. El juez determinó que aplicarla retroactivamente era improcedente, y que más de 140 días habían transcurrido desde la acusación formal sin justificación suficiente para la demora.
Para las familias de las víctimas, cada libertad es una herida nueva. Colectivos de mujeres y autoridades llevan meses advirtiendo que estas decisiones revictimizan a los allegados, debilitan la credibilidad del sistema y abren la puerta a la impunidad. Han pedido seguimiento permanente de estos casos. Mientras tanto, cuatro hombres acusados de feminicidio caminan libres, y esa vigilancia prometida aún no se ha materializado.
Édgar Jair Aguilar Soto pasó apenas diez meses en prisión. Fue acusado de asesinar a Clara Milena Álvarez Díaz el 19 de abril de 2025 en una casa del barrio Sinaí, en Soledad. Días después del crimen, se presentó voluntariamente ante la Fiscalía. Un juez ordenó su detención preventiva el 30 de abril. Pero a finales de 2025, su defensa pidió la libertad argumentando que los plazos procesales habían vencido. Un tribunal de Soledad accedió. Aguilar Soto salió libre, aunque sigue siendo investigado.
Esta decisión judicial no es un caso aislado en el departamento del Atlántico. Es la cuarta vez en doce meses que un procesado por feminicidio obtiene libertad por vencimiento de términos. El patrón revela una crisis en la capacidad del sistema para procesar estos casos con la urgencia que demandan.
Jorge Leonardo Piña Rodríguez fue liberado bajo la misma figura jurídica. Estaba acusado de matar a Nalfi Esther Blanco Olmos, su expareja, hallada muerta en noviembre de 2024 en Sabanalarga. Néstor Andrés Poveda Florián también recuperó la libertad por vencimiento de términos; había sido procesado por la muerte de Lorena Patricia Avendaño Urueta en Usiacurí en marzo de 2024. Alfonso Ramiro Gómez Mendoza, señalado como principal sospechoso en el feminicidio de Jennifer Paola Ortega Vega en octubre de 2024 en Repelón, está próximo a obtener la misma libertad.
La cuestión legal que permitió la salida de Aguilar Soto giró en torno a cuándo debían contarse los plazos. Su defensa argumentó que la Ley 2477 de 2025, que amplió los términos procesales a 240 días para casos de feminicidio, no podía aplicarse retroactivamente a hechos ocurridos antes de su entrada en vigencia el 11 de julio de 2025. El juez de circuito de Soledad estuvo de acuerdo: más de 140 días habían transcurrido desde la acusación formal sin que se demostrara que la demora fuera responsabilidad de la defensa o del acusado. La ley vigente al momento del crimen no permitía esperar más.
Para las familias de las víctimas, estas libertades representan una herida adicional. Colectivos de mujeres, servidores públicos y corporaciones han advertido durante meses que este tipo de decisiones generan revictimización: obligan a los allegados a enfrentar nuevamente el trauma de ver libre al hombre acusado de matar a su ser querido. El sistema, dicen, no solo falla en condenar; falla en mantener la dignidad de quienes perdieron todo.
La alarma que levantaron estos grupos no era teórica. Señalaban que las libertades por vencimiento de términos crean un peligro permanente para las mujeres, generan dudas profundas sobre la credibilidad de la justicia y abren la puerta a la impunidad. Pidieron a las autoridades hacer seguimiento permanente de estos casos. Pero mientras Aguilar Soto y otros tres hombres caminan libres, esa vigilancia sigue siendo una promesa sin cumplir.
Notable Quotes
Colectivos de mujeres y autoridades advirtieron que estas libertades generan revictimización, crean peligro permanente para las mujeres y generan dudas sobre la credibilidad de la justicia— Colectivos de mujeres contra la violencia de género y servidores públicos del Atlántico
The Hearth Conversation Another angle on the story
¿Cómo es posible que alguien acusado de feminicidio salga libre después de apenas diez meses?
Porque el sistema procesal tiene plazos máximos para mantener a alguien en prisión preventiva mientras se investiga. Si la Fiscalía no termina su trabajo en tiempo, la ley ordena soltar al acusado. Es una protección contra la detención indefinida, pero en estos casos funciona al revés.
¿Y por qué la Fiscalía no logró terminar a tiempo?
Eso es lo que nadie explica claramente. El juez solo constató que pasaron más de 140 días sin que se demostrara que la demora fuera culpa de la defensa. Pero no dijo por qué la investigación se movió tan lentamente.
¿La nueva ley de 2025 no debería haber evitado esto?
Debería, pero la defensa argumentó que no podía aplicarse retroactivamente. Los hechos ocurrieron antes de que la ley entrara en vigor. El juez estuvo de acuerdo. Es un problema de timing legal que nadie anticipó bien.
¿Qué significa esto para las familias de las víctimas?
Significa ver libre al hombre acusado de matar a su madre, su hermana, su pareja. No es solo que no haya justicia. Es que el sistema les hace revivir el trauma cada vez que lo ven en la calle.
¿Esto está sucediendo solo en el Atlántico?
El artículo solo documenta cuatro casos en el Atlántico en un año. Pero el patrón sugiere un problema sistémico más amplio: la justicia no tiene la velocidad que estos casos exigen.