En el cruce entre el cuidado de los recién nacidos y las condiciones del trabajo remunerado, el Gobierno español ha dado un paso para que la lactancia no dependa del sector en que se trabaja ni del poder de negociación de cada empresa. Desde este jueves, cualquier persona trabajadora puede acumular su permiso de lactancia en jornadas completas por derecho propio, sin necesidad de que un convenio colectivo lo autorice. La medida, vigente pero aún frágil, recuerda que los derechos de conciliación siguen siendo un territorio en disputa entre la voluntad legislativa y la aritmética parlamentaria.
El permiso de lactancia ya se puede acumular en días completos sin necesidad de convenio
Un derecho que antes requería negociación ahora es automático
¿Por qué es importante que el permiso de lactancia se pueda acumular sin necesidad de convenio colectivo?
Porque hasta ahora, si tu convenio no lo permitía o no habías negociado un acuerdo específico con tu empresa, no podías coger esos días seguidos. Ahora es un derecho automático, sin depender de negociaciones adicionales.
Pero hay que ser claro: esto está en vigor, pero no es definitivo. Ya pasó una vez que una medida igual entró en vigor y luego fue rechazada en el Congreso. Aquí puede pasar lo mismo.
¿Cuántos días reales de permiso acumulado obtiene alguien?
Para jornada completa, entre 12 y 14 días típicamente. Pero si trabajas a tiempo parcial, pueden ser muchos más, porque el cálculo se basa en el número total de horas, no en días.
Ese efecto es real, pero también es importante notar que el Tribunal Supremo ya lo había validado. No es una novedad del decreto, es una fórmula que ya existía.
¿Qué pasa si los dos padres trabajan en la misma empresa?
La empresa puede decirles que no disfruten el permiso al mismo tiempo, pero tiene que justificarlo por escrito con razones objetivas y ofrecer un plan alternativo. Y si ambos lo ejercen igual, pueden extender el permiso hasta los doce meses.
La clave aquí es que la empresa tiene poder para limitar, pero no es ilimitado. Tiene que argumentar y tiene que ofrecer alternativas. Eso está en la ley.
¿Cuál es el riesgo real de que esto desaparezca?
El decreto-ley necesita convalidación parlamentaria. Si no la consigue, la medida cae. Ya pasó en enero con un decreto anterior idéntico.
Exacto. Está vigente ahora, pero es provisional. Nadie sabe cuándo será la votación en el Congreso. Podría ser antes del verano, pero no hay fecha fija.
El Pulso
- El Gobierno eliminó de golpe la barrera que obligaba a negociar sector por sector o empresa por empresa el modo de disfrutar el permiso de lactancia.
- La medida entró en vigor el jueves, pero viaja sobre un real decreto-ley que ya naufragó una vez: en enero de 2024, el Congreso rechazó una norma idéntica y el derecho desapareció de la noche a la mañana.
- Para jornada completa se traducen en 12 a 14 días seguidos; para quienes trabajan a tiempo parcial, la fórmula avalada por el Tribunal Supremo en noviembre de 2023 genera paradójicamente más días acumulados.
- Los nacimientos múltiples duplican o amplían el permiso, y si ambos progenitores lo ejercen en igualdad de condiciones, el periodo puede extenderse hasta los doce meses del lactante, aunque con reducción salarial proporcional desde los nueve.
- La convalidación parlamentaria, esperada antes del verano, es el único muro que separa este derecho de su posible extinción por segunda vez en menos de un año.
En el cruce entre el cuidado de los recién nacidos y las condiciones del trabajo remunerado, el Gobierno español ha dado un paso para que la lactancia no dependa del sector en que se trabaja ni del poder de negociación de cada empresa. Desde este jueves, cualquier persona trabajadora puede acumular su permiso de lactancia en jornadas completas por derecho propio, sin necesidad de que un convenio colectivo lo autorice. La medida, vigente pero aún frágil, recuerda que los derechos de conciliación siguen siendo un territorio en disputa entre la voluntad legislativa y la aritmética parlamentaria.
Desde este jueves, las personas trabajadoras con derecho a permiso de lactancia pueden acumular sus horas de ausencia en jornadas completas sin que ningún convenio colectivo ni acuerdo empresarial lo autorice previamente. El Gobierno introdujo esta modificación en un real decreto-ley publicado en el BOE, cuyo objetivo principal es reformar la protección por desempleo, pero que aprovecha para ampliar los derechos de conciliación.
La duración total del permiso no varía: sigue siendo una hora diaria, o dos fracciones de media hora, hasta que el hijo o hija cumpla nueve meses. Lo que cambia es que la acumulación en días completos deja de depender de lo que diga cada convenio o de lo que acuerden trabajador y empresa. La norma convierte esa flexibilidad en un derecho universal.
Para quien trabaja a jornada completa, el resultado suele ser entre 12 y 14 días seguidos. En nacimientos gemelares, la cifra se duplica. El caso de los trabajadores a tiempo parcial es más sorprendente: la fórmula de cálculo, respaldada por el Tribunal Supremo en noviembre de 2023, les otorga más días acumulados, porque el permiso se divide entre las horas de su jornada, que son menores.
El permiso es intransferible, aunque si ambos progenitores trabajan en la misma empresa, el empleador puede limitar el disfrute simultáneo con justificación escrita y ofreciendo un plan alternativo. Si los dos lo ejercen en igualdad de condiciones, el periodo puede prolongarse hasta los doce meses del lactante, con reducción salarial proporcional a partir de los nueve.
Sin embargo, la medida arrastra una sombra: ya existió antes. Un decreto idéntico del 21 de diciembre de 2023 fue rechazado en el Congreso el 10 de enero de 2024, y el derecho desapareció. Ahora vuelve a estar vigente, pero su permanencia depende de una convalidación parlamentaria que se espera antes del verano. Hasta entonces, el derecho existe en la práctica, pero su futuro sigue siendo una pregunta abierta.
A partir de este jueves, las personas trabajadoras con derecho a permiso de lactancia pueden acumular sus horas de ausencia en jornadas completas sin necesidad de que lo autorice el convenio colectivo de su sector o que lo hayan pactado previamente con la empresa. El Gobierno incluyó esta modificación en un real decreto-ley publicado el miércoles en el Boletín Oficial del Estado, un texto cuyo propósito principal es reformar la protección asistencial por desempleo pero que también recoge esta ampliación de derechos de conciliación.
La duración total del permiso no cambia. Sigue siendo de una hora diaria, o dos fracciones de media hora cada una, hasta que el hijo o hija cumpla nueve meses. Lo que sí cambia es la flexibilidad en cómo se disfruta. Hasta ahora, la posibilidad de acumular esas horas en días completos dependía de lo que dijera el convenio colectivo de cada sector o de un acuerdo específico entre trabajador y empresa. La nueva norma elimina esa restricción. Como explica el decreto, la redacción legal "elimina dichas restricciones convirtiendo todas las posibilidades de disfrute, incluida la acumulación de las horas retribuidas de ausencia, en un derecho de todas las personas trabajadoras".
Para alguien que trabaja a jornada completa, esta acumulación suele resultar en entre 12 y 14 días de permiso seguidos. El cálculo depende de cuántos días laborables resten hasta que el menor cumpla nueve meses y de la duración de la jornada laboral. En casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples, el permiso se incrementa proporcionalmente. Un nacimiento gemelar, por ejemplo, permitiría acumular entre 24 y 28 días.
La situación es más compleja para quienes trabajan a tiempo parcial. La fórmula de cálculo del permiso genera un efecto contraintuitivo: los trabajadores con jornadas inferiores a la completa obtienen más días de permiso acumulado. Esto ocurre porque el permiso se calcula dividiendo el número total de días laborables restantes entre las horas de trabajo de la jornada. Si alguien se reincorpora tras el permiso de maternidad cuando su hijo tiene cuatro meses, le quedan aproximadamente 100 días laborables hasta los nueve meses. Con una jornada de ocho horas diarias, eso resulta en 12,5 días de permiso acumulado. Pero si esa misma persona trabaja solo cuatro horas diarias, obtendría 25 días. El Tribunal Supremo respaldó esta fórmula en una sentencia del 21 de noviembre de 2023, argumentando que "se trata de que el número total de horas de permiso sea finalmente el mismo, tanto si se utiliza diariamente mediante la ausencia de una hora del puesto de trabajo, como si se hace bajo la modalidad alternativa de acumularlo en jornadas completas".
El permiso es un derecho individual que no puede transferirse a la otra persona progenitora, adoptante, guardadora o acogedora. Sin embargo, cuando ambos progenitores trabajan en la misma empresa, el empleador puede limitar que disfruten del permiso simultáneamente si lo justifica con "razones fundadas y objetivas de funcionamiento de la empresa, debidamente motivadas por escrito". En esos casos, la empresa debe ofrecer un plan alternativo que garantice que ambos trabajadores puedan ejercer sus derechos de conciliación. Además, si los dos progenitores ejercen este derecho con la misma duración y régimen, el periodo de disfrute puede extenderse hasta que el lactante cumpla doce meses, aunque con reducción proporcional del salario a partir de los nueve meses.
La medida está en vigor desde hoy, pero existe una incertidumbre importante. El vehículo legal utilizado es un real decreto-ley, lo que significa que aún debe ser convalidado y aprobado en el Parlamento. Si no se produce esa convalidación, la medida decaería. Esto ya ocurrió recientemente: una medida idéntica fue incluida en un decreto similar el 21 de diciembre de 2023, pero el Congreso de los Diputados no lo convalidó el 10 de enero de 2024, y la medida dejó de aplicarse. Aunque no hay fecha confirmada para la nueva convalidación, se espera que ocurra antes del verano. Hasta entonces, el derecho existe en la práctica, pero su futuro depende de la votación parlamentaria.
Citas Notables
Se trata de que el número total de horas de permiso sea finalmente el mismo, tanto si se utiliza diariamente mediante la ausencia de una hora del puesto de trabajo, como si se hace bajo la modalidad alternativa de acumularlo en jornadas completas— Tribunal Supremo, sentencia del 21 de noviembre de 2023