En el Congreso peruano, la Comisión de Constitución aprobó incorporar los crímenes de lesa humanidad al Código Penal, con penas que alcanzan la cadena perpetua, buscando alinear la ley nacional con el Estatuto de Roma. La medida, impulsada desde Fuerza Popular, responde a una exhortación del Tribunal Constitucional y pretende cerrar vacíos históricos en la justicia transicional. Sin embargo, la misma norma que promete proteger a las víctimas despierta el temor de que, en manos equivocadas, pueda convertirse en un escudo para los acusados. La humanidad lleva siglos aprendiendo que la letra de l
Comisión aprueba incorporar delito de lesa humanidad al Código Penal con penas hasta cadena perpetua
Una herramienta legal para librarse de casos y no responder a la justicia
¿Por qué el Tribunal Constitucional pidió que se incorporara esto al Código Penal si ya existía alguna forma de procesamiento?
Porque antes no había una definición legal expresa y específica en el código. Existía en tratados internacionales, pero la ley nacional no lo tipificaba claramente. El Tribunal vio que eso dejaba un vacío que podía generar inconsistencias en cómo se juzgaban estos casos.
Pero aquí hay algo que no está claro: ¿cuántos casos pendientes hay actualmente que podrían ser recaracterizados bajo esta nueva tipificación? Porque si hay muchos, entonces la advertencia de Luque cobra más peso.
¿Qué significa exactamente que sea "parte de un ataque generalizado o sistemático"? ¿Eso es fácil de probar?
Es un estándar internacional establecido. Requiere que el fiscal demuestre que el acto individual fue cometido como parte de un patrón más amplio, no como un crimen aislado. Es más exigente que un delito común.
Exacto, y eso es lo que preocupa. Si el estándar es alto, ¿por qué Luque teme que se use para evadir justicia? A menos que tema que los abogados defensores usen la complejidad de la prueba para dilatar procesos.
¿La cadena perpetua es realmente nueva en Perú, o ya existía para otros delitos?
Ya existía para algunos delitos graves, pero esta es la primera vez que se incorpora explícitamente en una tipificación de lesa humanidad en el Código Penal.
Y eso importa porque cambia cómo se negocia, cómo se apela, cómo se ejecuta la pena. No es lo mismo que una pena de 30 años que puede revisarse.
Le Pouls
- Con 16 votos a favor, la comisión aprobó tipificar formalmente los crímenes de lesa humanidad, incluyendo tortura, desaparición forzada y trata de personas, con penas mínimas de 30 años.
- La congresista Ruth Luque advirtió con urgencia que la medida podría convertirse en una puerta trasera para que investigados y sentenciados eludan la justicia en lugar de enfrentarla.
- El proyecto introduce una cláusula de subsidiariedad que, según sus críticos, podría ser aprovechada por acusados para cuestionar jurisdicciones o negociar salidas procesales.
- El texto avanza ahora hacia el pleno del Congreso, donde el debate sobre si la norma protege a las víctimas o beneficia a los perpetradores promete intensificarse.
En el Congreso peruano, la Comisión de Constitución aprobó incorporar los crímenes de lesa humanidad al Código Penal, con penas que alcanzan la cadena perpetua, buscando alinear la ley nacional con el Estatuto de Roma. La medida, impulsada desde Fuerza Popular, responde a una exhortación del Tribunal Constitucional y pretende cerrar vacíos históricos en la justicia transicional. Sin embargo, la misma norma que promete proteger a las víctimas despierta el temor de que, en manos equivocadas, pueda convertirse en un escudo para los acusados. La humanidad lleva siglos aprendiendo que la letra de la ley y su espíritu no siempre caminan juntos.
La Comisión de Constitución del Congreso peruano aprobó el martes, con 16 votos a favor, incorporar formalmente los delitos de lesa humanidad al Código Penal. La iniciativa, presidida por Arturo Alegría de Fuerza Popular y promovida por el congresista Fernando Rospigliosi, busca alinear la legislación peruana con el Estatuto de Roma y atender una exhortación previa del Tribunal Constitucional.
El proyecto crea un nuevo capítulo dentro del Código Penal que define los crímenes de lesa humanidad como conductas graves ejecutadas como parte de un ataque sistemático o generalizado contra la población civil. Entre los delitos enumerados figuran el homicidio calificado, la trata de personas, el secuestro, la violación sexual, la desaparición forzada y la tortura. Las penas van desde un mínimo de 30 años hasta cadena perpetua. Además, el texto incluye una cláusula de subsidiariedad: si un hecho no cumple todos los elementos del tipo, deberá procesarse como delito común.
La aprobación, sin embargo, estuvo lejos de ser pacífica. La congresista Ruth Luque, del Bloque Democrático, rechazó la propuesta argumentando que podría ser instrumentalizada por personas actualmente investigadas o sentenciadas para evadir condenas. Luque señaló que la norma carece de protecciones explícitas para las víctimas y que contradice los estándares internacionales construidos precisamente para cerrar, no abrir, puertas a la impunidad.
El proyecto pasa ahora al pleno del Congreso, donde enfrentará nuevas votaciones. La pregunta que sobrevuela el debate es si esta arquitectura legal, en la práctica, servirá para fortalecer la justicia o para que los acusados encuentren nuevos resquicios procesales.
La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso peruano aprobó el martes incorporar formalmente los delitos de lesa humanidad al Código Penal, con penas que pueden llegar hasta cadena perpetua. La votación fue 16 a favor, 4 en contra y 3 abstenciones, bajo la presidencia de Arturo Alegría, legislador de Fuerza Popular. El proyecto, impulsado por el congresista Fernando Rospigliosi del mismo grupo parlamentario, busca alinear la legislación nacional con el Estatuto de Roma y responder a una exhortación previa del Tribunal Constitucional.
La propuesta crea un nuevo capítulo VI dentro del Título XIV-A del Código Penal, específicamente dedicado a estos delitos. El artículo 324-A establece una definición legal clara: conductas graves cometidas como parte de un ataque generalizado o sistemático contra población civil, ejecutadas con conocimiento de ese ataque. La norma enumera delitos específicos que caen bajo esta categoría: homicidio calificado, trata de personas, secuestro, violación sexual, desaparición forzada y tortura.
Las sanciones son severas. El texto fija penas de no menos de 30 años de privación de libertad hasta cadena perpetua. El dictamen también incluye una cláusula de subsidiariedad: si un hecho no reúne todos los elementos para ser tipificado como delito de lesa humanidad, las autoridades deben procesarlo como delito común con las sanciones regulares correspondientes.
Pero la aprobación no fue unánime ni pasó sin fricción. La congresista Ruth Luque, del Bloque Democrático, se opuso directamente a la iniciativa. Su argumento fue contundente: advirtió que la medida podría convertirse en una herramienta legal para que personas actualmente bajo investigación o sentencia logren evadir la justicia. Luque señaló que la propuesta carece de protecciones explícitas para las víctimas y que contradice el estándar internacional que los jueces han construido precisamente para cerrar puertas de impunidad, no para abrirlas.
La tensión subyacente en el debate refleja una preocupación más profunda sobre cómo se implementará esta norma. Aunque la intención declarada es fortalecer la justicia transicional y alinearse con estándares internacionales, los críticos temen que en la práctica pueda ser usada de manera inversa: como un mecanismo para que investigados negocien salidas o cuestionen jurisdicciones. El proyecto ahora avanza hacia el pleno del Congreso, donde enfrentará nuevas votaciones y probablemente más debate sobre si la arquitectura legal propuesta protege realmente a las víctimas o abre espacios para que los acusados se defiendan.
Citations marquantes
Permite dar una herramienta legal para que quien está enfrentando una investigación, una sentencia, pueda librarse de sus casos y no responda a la justicia— Congresista Ruth Luque, Bloque Democrático