JEE declara improcedente candidatura presidencial de Mario Vizcarra por sentencia de peculado

La ley sigue vigente y debe aplicarse sin excepción
El JEE rechazó argumentos de que decisiones previas del TC invalidaban la Ley 30717 para otros candidatos.

En el umbral de las elecciones generales de 2026, el sistema electoral peruano vuelve a enfrentarse a una pregunta que no termina de resolverse: ¿puede una condena de hace dos décadas cerrar para siempre las puertas del poder? El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 respondió que sí, al declarar improcedente la candidatura presidencial de Mario Vizcarra —hermano del expresidente— invocando la Ley 30717, que prohíbe postular a quienes hayan sido condenados por corrupción en el ejercicio de la función pública. La decisión no es definitiva, pero revela la tensión persistente entre la voluntad del legislador, la interpretación constitucional y el derecho de participación política.

  • Una sentencia por peculado dictada en Moquegua en 2005 —hace más de veinte años— se convirtió en el obstáculo que bloqueó la candidatura presidencial de Mario Vizcarra para 2026.
  • El propio Vizcarra declaró ese antecedente en su hoja de vida al inscribirse, lo que facilitó a los objetantes invocar la Ley 30717 y presentar las tachas que el JEE terminó por declarar fundadas.
  • El tribunal electoral advirtió que las resoluciones del Tribunal Constitucional que han inaplicado esta misma ley en otros casos no constituyen precedente general, abriendo una grieta interpretativa entre poderes del Estado.
  • El partido Perú Primero aún puede apelar ante el Jurado Nacional de Elecciones, instancia que tendrá la última palabra y que en el pasado ha resuelto de manera distinta casos similares.
  • El caso expone una vez más la fragilidad del consenso jurídico en el Perú sobre cómo aplicar las normas anticorrupción en procesos electorales, donde cada elección parece reabrir el mismo debate.

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 declaró improcedente la candidatura presidencial de Mario Vizcarra, hermano del expresidente Martín Vizcarra, quien aspiraba a representar al partido Perú Primero en las elecciones generales de 2026. El fundamento de la exclusión fue una condena por peculado dictada en octubre de 2005 por un tribunal en Moquegua, antecedente que el propio Vizcarra consignó en su hoja de vida al momento de inscribirse.

Los objetantes invocaron la Ley 30717, promulgada en 2018, que impide postular a la presidencia a quienes hayan sido condenados por delitos de corrupción en el ejercicio de la función pública, sin importar si fueron rehabilitados o si sus penas fueron suspendidas. El JEE fue enfático: la ley sigue vigente, no ha sido derogada ni declarada inconstitucional, y por tanto debe aplicarse.

El tribunal también abordó un punto de controversia recurrente: las decisiones del Tribunal Constitucional que han inaplicado esta norma en casos anteriores no constituyen un precedente de alcance general, sino respuestas a amparos concretos que no vinculan al JEE en otros procesos. Esta distinción refleja la tensión que existe entre distintos poderes del Estado en torno a la interpretación de las leyes de inhabilitación por corrupción.

El especialista en derecho electoral José Tello consideró que el JEE actuó correctamente al ceñirse al texto de la ley, aunque reconoció que el Jurado Nacional de Elecciones —instancia superior y última en la materia— podría resolver de manera diferente si Perú Primero presenta argumentos sólidos en su apelación. La decisión final está aún por escribirse.

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 cerró la puerta a la candidatura presidencial de Mario Vizcarra el martes pasado, declarando fundadas las objeciones presentadas contra su inscripción. Vizcarra, hermano del expresidente Martín Vizcarra, buscaba representar al partido Perú Primero en las elecciones generales de 2026, pero una sentencia de hace dos décadas se interpuso en su camino.

La decisión del JEE se sustenta en una condena por peculado dictada en octubre de 2005 por un tribunal en Moquegua. Ese antecedente, que el propio Vizcarra incluyó en su hoja de vida al momento de inscribirse, fue el fundamento de las tachas que presentaron quienes se oponen a su candidatura. Los objetantes invocaron la Ley 30717, promulgada en 2018, que establece un criterio claro: quienes hayan sido funcionarios públicos y hayan recibido condenas por delitos de corrupción —incluyendo peculado— no pueden ser candidatos presidenciales, sin importar si fueron rehabilitados posteriormente o si sus penas fueron suspendidas.

El JEE fue enfático al resolver. La ley, señaló, sigue vigente. No ha sido declarada inconstitucional ni derogada. Por lo tanto, debe aplicarse. El tribunal electoral también aclaró un punto que ha generado confusión en procesos anteriores: las decisiones del Tribunal Constitucional que han inaplicado esta norma en casos específicos no constituyen un precedente de alcance general. Esas resoluciones, explicó el JEE, son respuestas a demandas de amparo concretas, no sentencias que invaliden la ley para todos los candidatos.

Esta distinción es importante porque en elecciones anteriores, el TC ha resuelto a favor de otros candidatos excluidos bajo la misma ley, generando una tensión entre dos poderes del Estado sobre cómo interpretar y aplicar la norma. El JEE, sin embargo, consideró que esas decisiones no le vinculan a la hora de evaluar el caso de Vizcarra.

La batalla no termina aquí. El Jurado Nacional de Elecciones, instancia superior, tendrá la última palabra. Perú Primero puede presentar argumentos adicionales ante el JNE para intentar revertir la exclusión. José Tello, especialista en derecho electoral, consideró que el JEE actuó correctamente al aplicar la ley tal como está redactada. Sin embargo, Tello también reconoce que el JNE podría resolver de manera distinta si los argumentos de Perú Primero resultan convincentes. Todo dependerá, dijo, de qué presente el partido en su defensa ante la instancia final.

La exclusión de Vizcarra marca un momento de tensión en el sistema electoral peruano, donde la aplicación de leyes de inhabilitación por corrupción sigue siendo un terreno disputado entre diferentes interpretaciones de la Constitución y la ley ordinaria.

Las resoluciones del Tribunal Constitucional que han inaplicado esta norma en casos específicos no constituyen un precedente de alcance general
— JEE Lima Centro 1
El JEE resolvió de manera correcta porque las resoluciones del TC no se aplican en todos los casos
— José Tello, especialista en derecho electoral
La Conversación del Hearth Otra perspectiva de la historia
Inventor

¿Por qué el JEE decidió que una sentencia de 2005 debería impedir que Vizcarra sea candidato en 2026?

Model

Porque la Ley 30717 de 2018 estableció una regla clara: si fuiste funcionario y recibiste una condena por corrupción, no puedes ser candidato presidencial. Punto. No importa cuándo fue la sentencia ni si ya te rehabilitaron.

Inventor

Pero el Tribunal Constitucional ha dejado que otros candidatos con antecedentes similares compitan. ¿No debería eso aplicar también a Vizcarra?

Model

Ese es el argumento que probablemente hará Perú Primero ante el JNE. Pero el JEE fue claro: esas decisiones del TC son para casos específicos, no son leyes que invaliden la norma para todos.

Inventor

¿Entonces el TC y el JEE están en desacuerdo?

Model

No exactamente. El JEE dice que el TC puede inaplicar la ley en un caso concreto mediante amparo, pero eso no significa que la ley desaparezca para los demás. Es una distinción técnica, pero tiene peso legal.

Inventor

¿Qué tan probable es que el JNE revierta esta decisión?

Model

Depende de los argumentos que presente Perú Primero. El especialista Tello dice que es posible, pero no es lo más probable. La ley está ahí, vigente, y el JEE la aplicó correctamente según su texto.

Inventor

¿Esto afecta solo a Vizcarra o hay otros candidatos en la misma situación?

Model

La ley afecta a cualquiera que tenga una sentencia por corrupción y haya sido funcionario. Vizcarra es el caso que está en los titulares ahora, pero la norma es general.

Inventor

¿Cuál es el siguiente paso?

Model

El JNE decide. Si confirma la exclusión, Vizcarra no compite. Si la revierte, vuelve a la carrera. Eso sucederá en las próximas semanas.

Quieres la nota completa? Lee el original en Diario Correo ↗
Contáctanos FAQ