JEE Lima Centro declara improcedentes candidaturas de Avanza País y Alianza para el Progreso

Los detalles procedimentales pueden determinar la participación en una contienda electoral
Ambas agrupaciones fueron rechazadas no por sus propuestas políticas, sino por incumplimientos técnicos en requisitos de forma.

En junio de 2022, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro declaró improcedentes las candidaturas municipales de Avanza País y Alianza para el Progreso, no por razones de fondo político, sino por el incumplimiento de requisitos formales que el sistema electoral peruano considera indispensables. La democracia, en su dimensión procedimental, exige que todos los participantes transiten por los mismos cauces; cuando esos cauces no se recorren en tiempo y forma, la puerta se cierra con igual imparcialidad para todos. Ambas agrupaciones conservan el derecho de apelar ante el Jurado Nacional de Elecciones, último árbitro de estas disputas.

  • Dos partidos con aspiraciones a gobernar Lima Centro quedaron fuera de la contienda municipal de 2022 por fallas administrativas que parecían subsanables pero no lo fueron.
  • Avanza País presentó correcciones el 20 de junio, pero su personero omitió firmas digitales en anexos de regidores y en la solicitud de licencia del propio candidato a alcalde, Luis Molina.
  • Alianza para el Progreso, liderada por Omar Chehade, ni siquiera entregó el escrito de subsanación dentro del plazo de dos días que el tribunal le concedió, sellando su exclusión por omisión.
  • Las resoluciones del JEE no son el fin del camino: ambas agrupaciones pueden apelar ante el Jurado Nacional de Elecciones, aunque los plazos electorales corren en su contra.
  • El episodio revela que en el sistema electoral peruano los requisitos de forma no son ornamentales; su incumplimiento tiene consecuencias tan definitivas como cualquier inhabilidad de fondo.

En junio de 2022, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro rechazó las listas municipales de Avanza País y Alianza para el Progreso tras comprobar que ninguna de las dos agrupaciones había corregido satisfactoriamente sus presentaciones dentro de los plazos reglamentarios.

Avanza País, cuyo candidato a la alcaldía era Luis Molina, recibió el 18 de junio una declaración de inadmisibilidad y dos días para enmendar su documentación. Su personero legal, Aldo Borrero, respondió el 20 de junio, pero el tribunal constató que persistían defectos críticos: faltaban firmas digitales en varios anexos de candidatos a regidores y, más grave aún, en la solicitud de licencia sin goce de haber del propio Molina, requisito explícito del reglamento electoral.

Alianza para el Progreso, encabezada por el excongresista Omar Chehade, enfrentó un problema distinto: simplemente no presentó el escrito de corrección dentro del plazo concedido. Esa omisión fue suficiente para que el JEE aplicara el reglamento y declarara improcedente su inscripción.

Ambas agrupaciones recibieron notificación formal y conservan el derecho de apelar ante el Jurado Nacional de Elecciones. Sin embargo, los plazos electorales ya avanzaban, reduciendo el margen para una reversión rápida. El episodio subraya que en la arena electoral peruana los detalles procedimentales no son secundarios: determinan, con la misma contundencia que cualquier criterio político, quién puede competir y quién no.

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro cerró la puerta a dos candidaturas municipales en junio de 2022, rechazando las listas de Avanza País y Alianza para el Progreso tras hallazgos de incumplimientos administrativos. Las resoluciones llegaron después de que ambas agrupaciones tuvieran oportunidades de enmendar sus presentaciones y no lo hicieran de manera satisfactoria.

Avanza País, encabezada por Luis Molina como candidato a la alcaldía, fue la primera en recibir el golpe. El partido había presentado su documentación a través de Aldo Borrero, su personero legal de alcance nacional. El 18 de junio, el colegiado electoral declaró inadmisible esa solicitud inicial y le concedió dos días calendario para corregir los problemas. Borrero respondió el 20 de junio con un escrito de subsanación, pero el tribunal encontró que los defectos persistían. En particular, el personero no había colocado su firma digital en varios anexos correspondientes a candidatos a regidores. Más grave aún, faltaba la firma digital en la solicitud de licencia sin goce de haber del propio Molina, un requisito explícitamente establecido en el reglamento electoral para estos comicios.

Alianza para el Progreso enfrentó un obstáculo diferente pero igualmente definitivo. Juan Gonzales, personero legal de la agrupación, presentó la lista encabezada por Omar Chehade, exmiembro del Congreso. El 20 de junio, el JEE declaró inadmisible esta candidatura también, otorgando nuevamente un plazo de dos días para subsanar. A diferencia de Avanza País, Alianza para el Progreso no presentó el escrito de corrección dentro del tiempo permitido. Esa omisión fue suficiente para que el tribunal aplicara lo dispuesto en el reglamento y declarara improcedente la inscripción.

Las resoluciones del JEE Lima Centro no son definitivas. Ambas agrupaciones recibieron notificación formal de las decisiones y tienen derecho a apelar ante el Jurado Nacional de Elecciones, la instancia superior en materia electoral. El proceso de impugnación abre una ventana para que los partidos presenten argumentos adicionales o demuestren que los defectos fueron subsanados, aunque los plazos electorales ya estaban en marcha y el tiempo jugaba en contra de cualquier reversión rápida.

Estos rechazos ilustran cómo los detalles procedimentales pueden determinar la participación en una contienda electoral. No se trataba de cuestionamientos sobre la elegibilidad de los candidatos o la viabilidad de sus propuestas políticas, sino de cumplimiento técnico con requisitos de forma. Sin embargo, en el sistema electoral peruano, esos requisitos no son menores: existen precisamente para garantizar que los procesos sean ordenados y que todos los participantes operen bajo las mismas reglas. El hecho de que dos agrupaciones políticas no lograran navegar esos requisitos en el tiempo asignado dejó sus candidaturas fuera de la contienda municipal de 2022.

El personero incumplió con colocar su firma digital en varios de los anexos correspondientes a algunos candidatos a regidores
— JEE Lima Centro, en resolución sobre Avanza País
A Conversa do Hearth Outra perspectiva sobre a história
Inventor

¿Por qué el tribunal electoral fue tan estricto con estos detalles de firmas digitales y plazos? ¿No parece excesivo rechazar candidaturas por eso?

Model

Es una pregunta justa, pero el reglamento existe para que todos jueguen con las mismas reglas. Si el JEE permitiera excepciones por "casi cumplir", entonces cada partido reclamaría lo mismo. Las firmas digitales verifican que la persona autorizada realmente aprobó cada candidatura.

Inventor

Pero Avanza País sí intentó corregir en el plazo que le dieron. ¿No debería eso contar a su favor?

Model

Intentó, pero los errores persistieron. La firma digital seguía faltando en documentos clave, incluyendo la licencia del candidato a alcalde. No fue un olvido menor; fue un incumplimiento que se repitió después de la advertencia.

Inventor

¿Y Alianza para el Progreso simplemente no presentó nada?

Model

Exacto. Ni siquiera intentó subsanar. Recibieron dos días calendario y no enviaron el escrito de corrección. Eso es diferente al caso de Avanza País, que al menos trató.

Inventor

¿Esto significa que Chehade y Molina no pueden competir en absoluto?

Model

No pueden competir bajo estas listas rechazadas. Podrían apelar ante el Jurado Nacional de Elecciones, pero estamos hablando de junio de 2022, cuando el calendario electoral ya estaba avanzado. Una apelación exitosa sería un milagro logístico.

Inventor

¿Qué pasa ahora con los votantes que querían votar por estos candidatos?

Model

Simplemente no tendrán esa opción en la boleta. Otros partidos ocuparán esos espacios. Es un recordatorio de que en política, los detalles administrativos pueden ser tan decisivos como cualquier campaña.

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